ayudas para libros
Lunes, 02 de Marzo de 2009 11:04
Resolución definitiva y listados de beneficiarios, no beneficiarios y excluidos: Estos listados se han publicado en las Direcciones de Área Territorial, en los centros docentes que permanecían abiertos, en la Oficina de Información de la Consejería de Educación (c/ Gran Vía nº10) y en las Oficinas de Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid(c/ Gran Vía nº 3 y Plaza de Chamberí nº 8).
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Los no beneficiarios son aquellos alumnos admitidos a los que, habiéndo presentado la documentación conforme a la Orden 360/2008, de 1 de febrero, por la que se aprueban las bases y se convocan becas de libros de texto y material didáctico para el curso escolar 2008-2009, no se les concede la beca por superar el umbral de renta per cápita establecido para esta convocatoria en 5.963,28 euros.
Consulta familiar de beneficiarios, no beneficiarios y excluidos
Teléfono de información: 012
Importe de las ayudas:
El importe a percibir por los beneficiarios será el mismo para cada nivel educativo, independientemente del colectivo del que formen parte (familias numerosas, beneficiarios del MEC o resto).
Educación infantil:...........80 euros
Educación primaria.........100 euros
Educación secundaria......115 euros
Cheque libro:
Lugar de recogida
Se entregarán talonarios de cheques por el importe total de la beca que estarán a su disposición en las secretarías de los centros docentes donde presentaron la solicitud a partir de la primera semana del mes de septiembre.
En el caso de alumnos que no presentaron la solicitud en centros docentes o que, sea cual fuere la causa, no se encuentran vinculados a ningún centro, los talonarios se entregarán en la Dirección de Área Territorial que en los listados figura como centro de referencia.
¿Quienes pueden recoger los cheques?
Podrán recoger los talonarios de cheques los padres, madres, y representantes legales de los alumnos beneficiarios, para lo cual deberán ir provistos del original de su D.N.I., N.I.E o pasaporte y deberán firmar en la hoja de control establecida al efecto.
¿Dónde puedo recoger los cheques?
Los cheques son un medio de pago de los libros de texto y material didáctico que podrán utilizarse en cualquiera de las librerías o establecimientos adheridos a este programa, los cuales se reconocerán por el correspondiente logo identificativo expuesto en sus escaparates.
El establecimiento no podrá devolver el dinero en ningun caso, por lo que el importe de la compra deberá ser igual o superior al de los cheques entregados. Los cheques sólo podrán utilizarse hasta el día 31 de octubre de 2008, momento en que se produce su caducidad.
En ningún caso será repuesto el talonario de cheques que sea objeto de deterioro, extravío, sustracción, etc.
Para cualquier consulta sobre el talonario llame al teléfono 902 104 703 o consulte la página web www.educadhoc.es.
No procederá el abono de la ayuda al alumnado que repita curso en 2008/09, aun cuando figuren incluidos en la relación de beneficiarios con la única excepción de los alumnos repetidores en los cursos 4º de educación primaria y 2º y 4º de educación secundaria, como consecuencia de la implantación de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Información general sobre la convocatoria
La Consejería de Educación convoca becas de libros de texto y material didáctico para el curso escolar 2008/2009.
Las becas se concederán en régimen de concurrencia competitiva, con la siguiente prelación y dirigidas a:
- Alumnado perteneciente a familias numerosas, en función de la renta per cápita familiar, hasta agotar el crédito destinado e este colectivo.
- Alumnado beneficiario de las ayudas de libros convocadas por la Consejería de Educación para el curso 2007/2008, en la modalidad de "Beneficiarios del MEC".
- Resto de alumnado, en función de la renta per cápita familiar, hasta agotar la totalidad del crédito.
Solicitantes
Podrán solicitar las ayudas el padre, madre, tutor o persona encargada de la guarda y protección de alumnos que en el año escolar 2008/2009 vayan a cursar estudios de las etapas educativas que se indican en cualquier centro docente de la Comunidad de Madrid autorizado por la Consejería de Educación. Se considera que integran cada etapa educativa los siguientes cursos:
- Educación Infantil: los cursos primero a tercero del segundo ciclo de Educación Infantil.
- Educación Primaria: los cursos primero a sexto de Educación Primaria.
- Educación Secundaria: los cursos primero a cuarto de Educación Secundaria Obligatoria.
Presentación de los recursos
Plazo de presentación: Del 1 de agosto al 1 de septiembre de 2008 ambos inclusive.
Lugar de presentación: En la Dirección de Área Territorial de la Consejería de Educación que corresponda dependiendo de la ubicación del centro docente.
Impreso de recurso: el modelo de recurso se podrá obtener a través de esta página, en las secretarías de los centros docentes que pemanezcan abiertos, en las Direcciones de Área Territorial o en la Oficina de Información de la Consejería de Educación (C/Gran Vía, 1

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